AJUSTE DE ESTADO DE HOUSTON ABOGADOS
AJUSTE DE ESTADO EN HOUSTON
El camino para obtener el estatus de Residente Permanente Legal ("LPR") en los Estados Unidos puede ser complicado, prolongado y frustrante. El Bufete de Abogados de Rosemary Vega está aquí para ayudarte en cada paso del camino. Te asistiremos en determinar si cumples con los requisitos para ajustar tu estatus en los Estados Unidos y los beneficios adicionales que pueden derivarse de un ajuste de estatus exitoso.
En general, un solicitante de ajuste de estatus debe haber ingresado legalmente a los Estados Unidos, debe tener un número de visa disponible de inmediato y nunca haber violado su estatus migratorio. Sin embargo, existen excepciones y disposiciones que son cruciales para entender si estás buscando un Ajuste de Estatus (AOS).
Entendiendo la Sección 245(i) de la INA
La Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) se refiere a una disposición que permite a ciertas personas solicitar el Ajuste de Estatus a residencia permanente legal en los Estados Unidos, incluso si ingresaron al país ilegalmente o violaron su estatus migratorio.
Las personas elegibles deben ser beneficiarios de peticiones de visa de inmigrante que se presentaron el 30 de abril de 2001 o antes. Esta disposición proporciona esencialmente un camino para personas que de otro modo serían inelegibles para el AOS debido a ingreso ilegal, empleo no autorizado u otras violaciones migratorias. Al cumplir con los requisitos de la Sección 245(i) de la INA, las personas pueden solicitar el AOS sin tener que salir de los Estados Unidos para obtener una visa de inmigrante a través del procesamiento consular, lo que desencadenaría una prohibición de reingreso debido a su presencia ilegal en los Estados Unidos.
Es importante tener en cuenta que la Sección 245(i) de la INA tiene criterios estrictos de elegibilidad y plazos de presentación. Las personas deben haber tenido una petición de visa de inmigrante presentada en su nombre el 30 de abril de 2001 o antes, y deben poder demostrar la elegibilidad para el AOS bajo las leyes de inmigración pertinentes. Si bien la Sección 245(i) de la INA proporciona una oportunidad valiosa para que ciertas personas ajusten su estatus y obtengan residencia permanente legal en los Estados Unidos, navegar por el proceso de solicitud puede ser complejo. Se recomienda consultar con un abogado de inmigración experimentado para evaluar la elegibilidad, entender los requisitos y navegar con éxito el proceso de AOS.
Ajuste de Estatus Debido a Circunstancias Especiales
Ciertas personas designadas como "inmigrantes especiales" pueden calificar para cambiar su estatus a Residente Permanente Legal (LPR) en los Estados Unidos, independientemente de su método de entrada o historial de empleo no autorizado. Estas personas son parte de grupos específicos reconocidos bajo la ley de inmigración de los Estados Unidos y pueden ser elegibles para el Ajuste de Estatus debido a sus circunstancias particulares y las protecciones otorgadas a ellos. Los grupos específicos incluyen:
Los auto-peticionarios de la Ley de Violencia contra las Mujeres (VAWA, por sus siglas en inglés): Las personas que han sufrido abuso por parte de un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal pueden ser elegibles para auto-peticionarse para beneficios migratorios bajo VAWA. Esto les permite buscar estatus legal de manera independiente de su abusador.
Beneficiarios del Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS, por sus siglas en inglés): Los niños que han sido abusados, abandonados o descuidados por uno o ambos padres pueden ser elegibles para SIJS. Este estatus está diseñado para proteger a los niños inmigrantes vulnerables y les permite obtener residencia permanente legal en los Estados Unidos.
Beneficiarios de la visa U (víctimas de crímenes): Las víctimas de ciertos crímenes que han sufrido abuso mental o físico y que han cooperado con las fuerzas del orden en la investigación o enjuiciamiento del crimen pueden ser elegibles para una visa U. Esta visa proporciona un estatus legal temporal y puede conducir a la elegibilidad para el Ajuste de Estatus.
Beneficiarios de la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda Centroamericana (NACARA) 203: Las personas de ciertos países de América Central y el Caribe que estaban presentes en los Estados Unidos antes de fechas específicas y que cumplen con otros criterios pueden ser elegibles para alivio bajo el NACARA 203. Esta disposición proporciona un camino hacia la residencia permanente para las personas que cumplen con los requisitos establecidos en la ley.
Asesoramiento Legal para el Ajuste de Estatus
Los requisitos de elegibilidad para el Ajuste de Estatus varían según la sección de la ley que permite a un individuo solicitar el ajuste de estatus. Cada caso es único y presentar una solicitud incorrecta o incompleta puede tener graves consecuencias para la posibilidad de ajustar el estatus.
Con la orientación y el asesoramiento legal personalizado ofrecido por el Bufete de Abogados de Rosemary Vega, los individuos pueden navegar con confianza el proceso de AOS y aumentar sus posibilidades de éxito. Nuestro equipo comprende que cada caso es único y ofrece soluciones legales personalizadas para abordar las circunstancias y necesidades específicas de nuestros clientes. Ya sea que esté buscando ajustar su estatus bajo una disposición especial de la ley o enfrentando dificultades para cumplir con los requisitos de elegibilidad, estamos aquí para brindar un apoyo integral en cada paso del camino. Contacte a nuestro equipo para explorar sus opciones.
Preguntas Frecuentes
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El ajuste de estatus es el proceso mediante el cual personas elegibles que ya se encuentran en los Estados Unidos pueden solicitar convertirse en residentes permanentes legales (titulares de tarjeta verde) sin tener que salir del país.
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La elegibilidad para el ajuste de estatus depende de varios factores, incluida la categoría de inmigrante, como basada en la familia, basada en el empleo, estatus de refugiado o asilado, ganadores de la lotería de visas de diversidad y ciertos inmigrantes especiales. Además, las personas deben cumplir con requisitos específicos, como mantener un estatus migratorio legal y ser admisibles en los Estados Unidos.
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El procesamiento consular es para personas fuera de los Estados Unidos, mientras que el ajuste de estatus es para aquellos que ya están dentro del país. El procesamiento consular implica solicitar una visa de inmigrante en un consulado de Estados Unidos en el extranjero, mientras que el ajuste de estatus se realiza mediante la presentación del Formulario I-485 ante el USCIS y asistir a una entrevista dentro de los Estados Unidos.
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El tiempo de procesamiento para el ajuste de estatus varía según factores como la categoría de inmigración del solicitante, la carga de trabajo del USCIS y si el caso requiere una entrevista. En promedio, puede tomar varios meses hasta más de un año recibir una decisión sobre la solicitud.
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Los documentos requeridos típicamente incluyen el Formulario I-485, evidencia de elegibilidad (como certificados de nacimiento, certificados de matrimonio y documentos de inmigración), el Formulario I-693 (Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación) y evidencia de apoyo financiero (si corresponde).
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En la mayoría de los casos, las personas con solicitudes de ajuste de estatus pendientes pueden solicitar autorización de empleo (Formulario I-765) y permiso de viaje (Formulario I-131, Permiso Anticipado) mientras sus solicitudes están pendientes. Sin embargo, se aplican reglas y restricciones específicas, por lo que es esencial consultar con un abogado de inmigración antes de viajar o trabajar.